12/04/2017
Agencia Calidad Prospectiva Universitaria Aragón
El pasado 29 de marzo, tuvo lugar una reunión extraordinaria del Consejo Rector de nuestra Agencia. El objeto de la misma no era otro que el de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 9 de la Ley 1/2017, de 8 de febrero, por el cual las entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de Aragón como la ACPUA han de clasificar profesionalmente, de acuerdo con la titulación exigida para el ingreso, a su personal laboral, por acuerdo de sus respectivos órganos de gobierno adoptado con anterioridad al 30 de marzo de 2017.
Tras las deliberaciones oportunas, la correspondiente propuesta de clasificación profesional del personal de la ACPUA ha sido aprobada por unanimidad.